
Para 3,2 millones de autónomos, una cifra que representa el 18,3% del total de cotizantes a la Seguridad Social, han cambiado las condiciones fiscales para este año. La crisis ha empujado a muchos españoles al paro y de esa crítica situación sólo han podido salir haciéndose autónomos. Tanto ha elegido ese camino que ahora hay 3,2 millones, el 18,3% del total de los afiliados en la Seguridad Social, cifras que se acercan a las de 2008 en pleno boom de la burbuja inmobiliaria.

Para 3,2 millones de autónomos, una cifra que representa el 18,3% del total de cotizantes a la Seguridad Social, han cambiado las condiciones fiscales para este año. La crisis ha empujado a muchos españoles al paro y de esa crítica situación sólo han podido salir haciéndose autónomos. Tanto ha elegido ese camino que ahora hay 3,2 millones, el 18,3% del total de los afiliados en la Seguridad Social, cifras que se acercan a las de 2008 en pleno boom de la burbuja inmobiliaria.
Ser autónomo en España nunca ha sido fácil. Trabas administerativas, como la multitud de licencias para ejercer una actividad, pagos de IVA o de otros impuestos municipales, autonómicos o estatales. En este entramado fiscal, es fácil perderse.
Los expertos fiscales de Bankinter han eleborado una guía con sus novedades. Estas son las principales:
1.- Modular los recargos (del 20%) por el ingreso fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social
Recordemos que la cuota para la base mínima de un autónomo es de 267 euros al mes con independencia de si se tiene o no ingresos–, para garantizar que su cuantía se ajusta al principio de proporcionalidad:
a) Recargo del 3% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas dentro del primer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
b) Recargo del 5% si se abonasen las cuotas debidas dentro del segundo mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
c) Recargo del 10%, si se abonasen las cuotas debidas dentro del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.
d) Recargo del 20% partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.